Preguntas frecuentes sobre la práctica deportiva federada en la fase 0 de la desescalada

Ante la gran cantidad de preguntas que nos estáis haciendo sobre las dudas que esta ley poco explicita os está generando, hemos recopilado unas cuantas para intentar ayudaros, agradeciendo vuestra confianza.

Después de dos meses de confinamiento sin poder ni montar, ni ver a nuestros caballos, hoy día 4 de mayor se levanta tímidamente esta veda en medio de unas normas, que limitan el poder disfrutar de ello solo a unos cuantos.

Todos los aficionados hípicos estábamos expectantes ante la publicación de la ley que dictara las normas y por fin llegó durante la tarde del domingo, para alegría de muchos y decepción de otros.

Lógicamente y como era de esperar las limitaciones dejan fuera a muchísima gente, que tendría que posponer para más adelante su vuelta a las pistas.

Entendemos a todos aquellos que nos ha trasmitido la decepción que les produce tras muchos días de espera quedarse de nuevo en el banquillo, pero realmente hay que aplicar el sentido común y no olvidarnos del porqué de este confinamiento. Nada esta resuelto allá afuera, el virus sigue afectando, contagiando y matando.

Por lo tanto aunque la paciencia se nos acabe, aunque el deseo de ver y montar a nuestros caballos sea fuerte, debemos comprender que éste solo ha sido el primer paso que ha venido cargado de limitaciones, pero que sí todo sigue bien en pocos días y paulatinamente en diferentes fases de desconfinamiento, nadie se quedará fuera.

Centrándonos en este 4 de mayo -para muchos inolvidable- donde hoy las hípicas recobran movimiento, los caballos vuelven a ser ensillados y montados por sus dueños y dejan atrás esos largos y tristes días en los que han sido cuidados y mimados con esmero, por los responsables de cada centro hípico mientras viven angustiados por su propio problema, que es mantener abierto un negocio, que sin clases y actividad no tienen ingresos.

Creemos que hoy es un día para estar contentos, para dar las gracias a los que han cuidado a los caballos en nuestra ausencia y para mirar con esperanza a ese futuro cada vez más cercano, que nos devuelva a la tan ansiada normalidad.

Preguntas y respuestas

Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, estado de alarma para crisis sanitaria por COVID-19. Orden SND/388/2020, de 3 de mayo, del Ministerio de Sanidad, por la que se establecen las condiciones para la apertura al público de determinados comercios y servicios, y la apertura de archivos, así como para la práctica del deporte profesional y federado.

¿Tengo que estar federado?

Si. La Orden SND/388/2020, de 3 de mayo, del Ministerio de Sanidad, se refiere exclusivamente a deportistas federados. La regulación administrativa del deporte se realiza a través de las Federaciones Deportivas, por tanto todas las normas deben referirse a los integrantes de dichas federaciones. La práctica del deporte no reglado se considera actividad de ocio y en el momento actual no está permitido.

¿Puedo dar clase de tanda?

No. Sólo se permite la actividad deportiva individual sin la presencia de entrenador o profesor.

¿Pueden montar los menores de 14 años?

En el artículo 9.1, de la Orden SND/388/2020, de 3 de mayo, del Ministerio de Sanidad, no dice lo contrario, ahora bien en la Orden SND/380/2020, de 30 de abril, sobre las condiciones en las que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, si está limitada.

¿Puedo acudir a mi Hípica o Centro Ecuestre fuera de mi municipio?

No, en la Orden SND/388/2020, de 3 de mayo, está expresamente especificado .

¿Tengo que llevar algún justificante o certificado?

En la situación actual la movilidad está restringida y por consiguiente siempre es aconsejable para evitar malos entendidos o incluso sanciones, disponer de un certificado de movilidad emitido por el Club preferiblemente federado, puesto que nos referimos al ámbito deportivo federado.

¿Tiene que estar federado el caballo?

En la Orden SND/388/2020, de 3 de mayo, sólo se refiere al deporte federado y por lo tanto reglado. Dentro de la normativa de la RFHE o de las Federaciones Autonómicas, para participar en competiciones en necesaria la Licencia Anual Caballar, por lo tanto entendemos que al estar dentro de los ámbitos federativos si es necesaria dicha licencia. Lo contrario sería considerado como actividad de ocio que en este momento todavía no está regulado.

¿Los técnicos son profesionales?

No y a mayor abundamiento está prohibida la presencia de entrenadores, sólo y exclusivamente práctica individual.

¿A quién se considera deportista profesional?

En la vigente Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, exclusivamente se refiere a competiciones profesionales integrada en Ligas Profesionales por consiguiente serían deportistas profesionales los integrados dentro de dichas competiciones profesiones.

¿Tengo que respetar las medidas sanitarias?

Por supuesto que si. Es fundamental respetar la distancia social y el uso de mascarilla y guantes.

¿Puedo acudir a cualquier hora a mi Hípica?

No. Hay que solicitar cita y siempre dentro del horario establecido (6:00-10:00 h. y 20:00-23:00 h.).

¿Puedo utilizar espacios comunes como club social, cafetería, vestuarios, duchas, etc.)?

No. Esos espacios deben permanecer cerrados.

¿Puedo utilizar el guadarnés?

Si, siempre y cuando se mantengan las reglas básicas de distancia social y atendiendo a la cita previa, acceso de sólo una persona.

¿Cuanto tiempo puedo permanecer en la Hípica?

En principio dentro del horario establecido no existe limitación de tiempo, ahora bien, por las características del deporte ecuestre, está en el sentido común y solidaridad individual intentar que la permanencia en la Hípica no interfiera en la utilización de las instalaciones de otros deportistas, puesto que hay que respetar las normas sanitarias establecidas.

¿Puedo salir al campo?

No. En la Orden SND/388/2020, de 3 de mayo, se especifica de manera concreta “en el lugar donde estos permanezcan”.

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