¿Equitación en la provincia o dentro del municipio?, la RFHE nos responde

Ante el aluvión de consultas que estamos recibiendo en OcioCaballo por parte de los usuarios en relación a si se puede trasladar el deportista a donde esté estabulado su caballo, si es dentro de la provincia o dentro del municipio, hemos consultado directamente con la RFHE, que nos ha facilitado la siguiente información aclaratoria:

“Respecto a vuestra consulta a la RFHE, estamos en estos casos comentando lo siguiente:

En efecto, la Orden aprobada señala tanto que los federados pueden practicar “dentro de los límites del término municipal en el que tengan su residencia” y como que “si en la modalidad deportiva practicada participaran animales, se podrá realizar la práctica al aire libre, de manera individualizada, en el lugar donde estos permanezcan, mediante cita previa, y durante el mismo período de tiempo”.

No tenemos capacidad de interpretación directa sobre su significado, ya que corresponde a la autoridad local correspondiente.

Es por ello por lo que creemos que sería necesario contactar con ella (en el lugar concreto) o que lo hiciera la instalación para conocer esa interpretación. En su defecto, los federados siempre deberán llevar encima tanto la licencia como una comunicación de la instalación, citándoles a la hora que correspondiera.

Si tuviéramos noticias de una interpretación más concreta se la trasladaremos.

Un saludo cordial”.

RFHE – 04/05/2020

Contenido relacionado