Como ya publicamos en OcioCaballo, la Comisión Delegada de la Asamblea General de la Real Federación Hípica Española, aprobó la semana pasada los cambios propuestos en los reglamentos de algunas disciplinas. Uno de ellos es el de Salto de Obstáculos y vamos a repasar los puntos más destacados que entran en vigor:
-En todos los casos cuando el jinete ha caído (pista de competición, pista de ensayo o cualquier lugar del recinto) necesita la autorización del médico del concurso para volver a montar.
-Barras de tranqueo: Si existe sitio suficiente, puede utilizarse una sola barra de tranqueo, colocada al menos a 2,50 m de un obstáculo vertical, el cual no puede sobrepasar la altura de 1,30 m. También puede colocarse, como mínimo a 2,50 m otra barra de tranqueo, por el lado de la recepción cuando se salta al trote y de 3 m. cuando se salta a galope. A 6 metros o más no se considera barra de tranqueo, por lo que puede tanto en fondos como verticales, delante y/o detrás.
-Se permiten chaquetas sin cuello y solapa siempre que el cuello de la camisa y la corbata sean visibles con la chaqueta cerrada.
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-Las espuelas Rowel con bordes dentados no están autorizadas en ningún lugar dentro del recinto de competición, aunque estén forradas.
CSN1* PROMOCIÓN
-Se pueden autorizar CSN1* de promoción. Son competiciones sin premios en metálico, la única prueba obligatoria sería la de 1,10 y el resto de pruebas las propuestas por el CO. Estos concursos no tienen obligación de disputar un Gran Premio.
-Oficiales: El Presidente de Jurado deberá tener la titulación mínima de Juez de categoría Autonómica o nivel 1.
-Jefe de Pista: Al menos Diseñador de Recorridos con categoría Autonómica.
-Estas competiciones no sirvan para validar resultados de cara a requisitos exigidos por la RFHE para participar en Campeonatos.